Registro y Habilitación
Descripción del servicio:
El CASFL tiene la responsabilidad de consignar los datos de las asociaciones sin fines de lucro en el Registro Nacional de Habilitación, en base al Registro de Incorporación y al Registro de Habilitación de la Secretaría de Estado u otro organismo estatal que corresponda.
Este registro constituye la base de referencia fundamental para la propuesta de asignación de fondos o contratación de las Asociaciones sin Fines de lucro para el sector público, así como para el aval del Estado al establecimiento de convenios y/o obtención de financiamiento de organismos de cooperación.
Las ASFL deben completar cuatro pasos, totalmente gratis, para lograr su inscripción en el registro nacional de Habilitación del CASFL.
1. Pre-Registro y Validación Clasificación
Una vez ha sido incorporada legalmente conforme a lo dispuesto en la Ley 122-05, se procede con el Pre-Registro. Es el proceso mediante el cual el Centro Nacional de Fomento y Promoción de las ASFL (CASFL) podrá validar la clasificación de la ASFL, direccionarla al órgano sectorial al cual será adscrita y asignarle un usuario en el Sistema Integrado de Gestión de las Asociaciones sin Fines de Lucro (SIGASFL), a través del cual se realizarán todos los procedimientos y solicitudes.
Para realizar el Pre-Registro, la ASFL debe acceder al SIGASFL, haciendo clic aquí, o accediendo a la página web sigasfl.gob.do llenar el formulario y adjuntar la documentación requerida.
Ver instructivo de Pre-Registro mediante el siguiente enlace: Ver instructivo
2. Gestión de Habilitación Sectorial
La Habilitación Sectorial es el proceso mediante el cual un órgano sectorial del Estado verifica que los servicios ofrecidos por las ASFL cumplen con condiciones mínimas y particulares; en cuanto a sus recursos físicos, humanos, estructurales y de funcionamiento; para asegurar y garantizar a la población la prestación de servicios seguros y de calidad. El procedimiento concluye con la obtención de una Licencia o Permiso de Habilitación.
Luego del pre-registro y la Validación de la Clasificación, el CASFL le asignará a la ASFL un usuario en la plataforma SIGASFL, a través del cual se realizará la solicitud al órgano sectorial asignado de su Licencia o Permiso habilitación.
3. Inscripción Registro Nacional de Habilitación (RNH)
La Ley 122-05 requiere que todas las ASFL realicen su inscripción en el Registro Nacional de Habilitación de Asociaciones sin Fines de Lucro, como referencia fundamental para la propuesta de asignación de fondos o contratación de estas por el sector público, así como para el aval del Estado al establecimiento de convenios y/o obtención de financiamiento de organismos de cooperación. Para dicha inscripción la ASFL requiere estar debidamente incorporada, clasificada y haber obtenido su licencia de habilitación sectorial. Recibirá notificación vía correo electrónico con la respuesta de su inscripción.
4. Certificación de Inscripción en el Registro Nacional de Habilitación
Es la constancia de inscripción de la ASFL en el Registro Nacional de Habilitación (RNH) del CASFL y valida cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 122-05, para la Regulación y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro y su Reglamento de Aplicación No. 40-08. La certificación puede ser requerida por todas las ASFL que se encuentren al día en sus obligaciones legales y fiscales; tiene una vigencia de 90 días calendario.
Comunícate con el área de Registro y Habilitación: registro.asfl@economia.gob.do