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Viceministro Domingo Matías pondera necesidad de una ley sobre planificación urbana

VIOTDR con representantes de LMD, FEDOMU y FEDODIM

En el centro, el viceministro Domingo Matías y el consultor Antonio Embid, junto a representantes de LMD, FEDOMU y FEDODIM, y colaboradores del Viceministerio de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Regional

El sociólogo y municipalista explica que esta norma abordaría los criterios para racionalizar la inversión pública y privada en los centros urbanos, en un país donde la mayoría de la población vive en ese tipo de áreas

Santo Domingo, República Dominicana. (Abril de 2024). El viceministro de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Regional del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, Domingo Matías, resaltó la importancia de regular mediante ley la planificación urbana en los municipios, a fin de contar con una norma específica para este aspecto de la municipalidad.

El sociólogo y municipalista explicó que esta norma abordaría los criterios para racionalizar la inversión pública y privada en los centros urbanos, en un país donde la mayoría de la población vive en ese tipo de áreas, y aclaró que una legislación sobre planificación urbana sería distinta de la Ley 368-22, de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.

“Es necesario que lo urbano tenga un marco jurídico especial”, enfatizó el viceministro en un encuentro con representantes de la Liga Municipal Dominicana (LMD), la Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU) y la Federación Dominicana de Distritos Municipales (FEDODIM).

En la reunión también se pasó balance a los progresos del Ministerio de Economía en la elaboración del reglamento de aplicación de la ley de ordenamiento territorial, del cual ya se cuenta con un primer borrador que consta de unos 200 artículos.

Al respecto, Antonio Embid, abogado y consultor del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), manifestó que este borrador de reglamento de aplicación se ha concentrado en los componentes de la planificación y la gestión del uso de suelo.

VIOTDR con representantes de LMD, FEDOMU y FEDODIM

En la reunión se abordó la necesidad de una legislación sobre planificación urbana y el reglamento de aplicación de la ley de ordenamiento territorial

Mientras que David Arbona, especialista sectorial del Ministerio de Economía, detalló que este documento está estructurado a partir de cuatro grandes secciones que abordan el Sistema Nacional de Ordenamiento Territorial, el régimen del uso de suelo, asentamientos humanos y la disciplina urbanística.

Entidades municipalistas

El director de Planeamiento Urbano de la LMD, George Richardson, consideró pertinente vincular las normas de ordenamiento territorial con los sistemas de infraestructura y con los planes municipales de desarrollo (PMD).

De su lado, Cintya Aquino, encargada de Planificación de FEDOMU, sostuvo que el reglamento de aplicación de la ley 368-22 es necesario para concretizar algunos preceptos contenidos en esta legislación, promulgada en diciembre de 2022.

En tanto que Pedro Gago, asesor de FEDODIM, resaltó que la ley de ordenamiento territorial cuenta con suficientes criterios para que los gobiernos locales pueden clasificar en sus planes municipales de ordenamiento territorial (PMOT) los suelos urbanos, urbanizables y no urbanizables.

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