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Códigos de pobreza

La pobreza monetaria se define como la situación de déficit que se manifiesta entre los ingresos de los que se disponen en los hogares y los recursos que requieren las familias para adquirir una canasta normativa de bienes y servicios.

Desde 2019, el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD) pone a disposición de la ciudadanía los códigos que replican la cifra oficial de pobreza monetaria. Los códigos se pueden encontrar en tres lenguajes de programación (STATA, SPSS y R).

Se considera que un hogar se encuentra en condición de pobreza monetaria cuando no tiene los recursos suficientes para adquirir una canasta básica de bienes y servicios.

De acuerdo con la metodología oficial para la medición de pobreza monetaria en la República Dominicana, se debe tomar en cuenta lo siguiente:

  1. Se considera el ingreso per cápita del hogar como la medida de bienestar; el cual se construye con la información suministrada en Encuesta Nacional de Fuerza de Trabajo (ENFT), y a partir de 2016 con la Encuesta Nacional Continua de Fuerza de Trabajo (ENCFT).
  2. La Canasta Básica Alimentaria (CBA) y la Canasta Básica no Alimentaria (CBNA), se obtuvieron a partir del patrón de consumo de las familias dominicanas observado en una población de referencia seleccionada con criterios nutricionales, tomando como fuente la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos (ENGIH) 2007-2008.

Para 2020 se incluyen entre las transferencias monetarias nacionales, los programas creados para mitigar los efectos de la pandemia: Quédate en Casa, FASE y Pa´Ti, además de los programas de transferencias ya existentes.

Para la medición de 2020 se sigue utilizando el IPC con base de diciembre 2010. Se proyecta poder revisar la metodología oficial y presentar las nuevas líneas de pobreza actualizadas para el boletín oficial de pobreza monetaria 2021.

Los códigos de pobreza se encuentran en los lenguajes de programación SPSS, Stata y R.

Se hicieron mejoras en los códigos que en ningún caso alteran las cifras de pobreza anteriormente publicadas. Estos cambios corresponden a la sección de remesas externas, específicamente al ejercicio de indexación trimestral.