El decreto 112-15 tiene por objeto crear y conformar el Comité Técnico Interinstitucional de Medición de la Pobreza y establecer las directrices y orientaciones generales para su funcionamiento.
- septiembre 19, 2015
- Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD)
Resumen
NÚMERO: 112-15
CONSIDERANDO: Que la Constitución dominicana establece que la República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, y que esfunción esencial delEstado la protección efectiva de losderechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de losmedios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de unmarco de libertad individual y de justicia social, compatibles conel orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas;
CONSIDERANDO: Que la Estrategia Nacional de Desarrollo establece la reducción progresiva de la pobreza, como parte de lasmetas a seralcanzadas al 2030, promoviendo políticas para erradicar la pobreza extrema, a finde construir una sociedad con igualdad de derechos y oportunidades;
CONSIDERANDO: Que la erradicación de la pobreza extrema es el primero de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, para cuyo logro la República Dominicana se comprometió en la Declaración delMilenio, del 8 de septiembre de 2000, suscrita por losJefesde Estado y de Gobierno de lospaíses miembros de las Naciones Unidas;