La Ley No. 47-20 de Alianzas Público-Privadas, promulgada en fecha 20 de febrero del año 2020, establece las Alianzas Público-Privadas (“APP”) como “el mecanismo por el cual agentes públicos y privados suscriben voluntariamente un contrato de largo plazo, como consecuencia de un proceso competitivo, para la provisión, gestión u operación de bienes o servicios de interés social en el que existe inversión total o parcial por parte de agentes privados, aportes tangibles o intangibles por parte del sector público, distribución de riesgos entre ambas partes, y la remuneración está asociada al desempeño conforme a lo establecido en el contrato”.
Esta ley establece el marco normativo que regula los procesos relativos a la estructuración, presentación, evaluación y selección de iniciativas, así como la adjudicación de contratos, ejecución, seguimiento y extinción de las Alianzas Público-Privadas en el territorio dominicano. Asimismo, crea el Consejo Nacional de Alianza Público-Privada (CNAPP), como el órgano superior de la Dirección General de Alianza Público-Privada, responsable de las funciones de evaluación y determinación de la pertinencia de las alianzas público-privadas presentadas de conformidad con la Ley y cuyos miembros son los siguientes: